Universidad Mundae
Comienza Enfermería en enero 2027

Universidad Internacional Mundae

Condiciones generales de contratación. Contrato de matrícula

Las presentes Condiciones Generales de Contratación forman parte integrante del contrato de matrícula formalizado entre la UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MUNDAE (en adelante, la UNIVERSIDAD) y el/la ESTUDIANTE, conjuntamente con las condiciones económicas particulares aplicables al programa académico contratado y, en su caso, los correspondientes anexos académicos y económicos. La formalización de la matrícula por medios electrónicos, telefónicos o cualquier otra técnica de contratación a distancia exige que el/la ESTUDIANTE haya podido conocer previamente estas Condiciones, la información esencial del programa, el precio total y la forma de pago, la duración, las condiciones de cancelación y el derecho de desistimiento cuando resulte aplicable. La UNIVERSIDAD remitirá confirmación de la contratación en soporte duradero.

Con carácter previo a la formalización de la matrícula, las presentes Condiciones Generales serán puestas a disposición del/de la ESTUDIANTE para su conocimiento, lectura y aceptación, pudiendo asimismo ser consultadas en la página web oficial de la UNIVERSIDAD, www.mundaeuniversidad.com. Mediante la firma del documento de matrícula o cualquier otro mecanismo de aceptación expresa habilitado por la UNIVERSIDAD el/la ESTUDIANTE declara haber recibido o tenido acceso a las presentes Condiciones Generales, haber podido conocer su contenido con carácter previo a la contratación, haberlas leído y comprendido y aceptarlas íntegramente y sin reservas, quedando obligado/a a su cumplimiento durante la vigencia de la relación contractual, sin perjuicio de los derechos que le correspondan conforme a la normativa de aplicación.

1. Objeto, programa y duración

La matrícula tiene por objeto la prestación de los servicios educativos correspondientes al programa académico concreto elegido por el/la ESTUDIANTE. La UNIVERSIDAD impartirá el programa conforme al plan de estudios aprobado, su normativa académica, la modalidad autorizada y la planificación y calendario académico vigentes.

La duración contractual se corresponde con el periodo académico o, cuando se haya contratado el programa completo, con la duración prevista del plan de estudios, sin perjuicio de las causas de suspensión, baja, cancelación, extinción o modificación académica previstas en estas Condiciones y en la normativa universitaria aplicable.

2. Información precontractual y formalización de la matrícula

Con carácter previo a la contratación, la UNIVERSIDAD facilitará al ESTUDIANTE información clara y suficiente sobre las características esenciales del programa, requisitos de acceso, modalidad, duración, precio total, forma de pago, condiciones de financiación externa cuando exista, política de cancelación y desistimiento, cuando proceda.

La matrícula quedará formalizada una vez que el/la ESTUDIANTE haya aceptado expresamente las presentes Condiciones Generales mediante la firma del documento de matrícula o por cualquier otro mecanismo de aceptación expresa habilitado por la UNIVERSIDAD, y ésta haya verificado, según proceda, el cumplimiento de los requisitos de admisión y el pago de la matrícula mediante justificante bancario o instrumento de financiación externa correspondiente.

Cumplidos dichos requisitos, la UNIVERSIDAD procederá a formalizar administrativamente la matrícula y al alta del/de la ESTUDIANTE en sus sistemas académicos. La confirmación de la matrícula y la documentación contractual correspondiente serán remitidas al correo electrónico facilitado por el/la ESTUDIANTE.

Cuando la contratación se realice mediante una interfaz electrónica que implique obligación de pago, el paso final del proceso identificará de forma clara e inequívoca que la acción comporta una obligación de pago.

3. Requisitos académicos y documentación

El/la ESTUDIANTE declara que la información y documentación aportadas son veraces y se compromete a facilitar los originales o documentos verificables que sean requeridos dentro de los plazos comunicados. La admisión o matrícula podrá tener carácter condicionado cuando esté pendiente la comprobación de requisitos oficiales de acceso.

Si, una vez formalizada la matrícula, se comprobara que el/la ESTUDIANTE no reúne los requisitos académicos o legales exigidos para el acceso al programa, la UNIVERSIDAD procederá a la anulación de la matrícula. Cuando esta circunstancia no sea imputable al/a la ESTUDIANTE, la UNIVERSIDAD devolverá las cantidades abonadas correspondientes a servicios que no hubieran sido prestados.

Cuando la falta de cumplimiento de los requisitos de acceso derive de la aportación de información o documentación falsa, inexacta u omitida de forma esencial por el/la ESTUDIANTE, la UNIVERSIDAD podrá anular la matrícula, sin perjuicio de las responsabilidades y de la reclamación de los daños y perjuicios que, debidamente acreditados, pudieran corresponder conforme a Derecho.

4. Precio, pago y contratación del programa completo

El precio aplicable será el expresamente indicado en el documento individual de matrícula o anexo económico. Dicho documento identificará el precio total, los impuestos o tasas que procedan, los conceptos incluidos, la forma de pago y, si el precio se satisface anticipadamente por la totalidad de un programa de varios años, la imputación económica del precio a cada curso, periodo académico o bloque de servicios.

La UNIVERSIDAD podrá ofrecer, cuando resulte compatible con la normativa aplicable, un precio global o bonificado por el pago anticipado de la totalidad del programa. El pago anticipado no convierte en definitivamente devengado el precio correspondiente a servicios futuros todavía no prestados y estará sujeto a las reglas de desistimiento, cancelación y liquidación previstas en estas Condiciones. La posibilidad de satisfacer dicho importe mediante pago único, pago fraccionado o cualquier otra modalidad de financiación tendrá exclusivamente la consideración de forma de pago, sin que implique la división del precio del curso en prestaciones independientes ni altere el importe total correspondiente al periodo académico contratado.

Cuando el/la ESTUDIANTE opte por financiar el pago de la matrícula mediante una entidad financiera externa, dicha financiación constituirá una relación contractual independiente y ajena a la UNIVERSIDAD, formalizada directamente entre el/la ESTUDIANTE y la entidad financiera. La UNIVERSIDAD no será parte del contrato de financiación ni asumirá responsabilidad alguna respecto de sus condiciones, costes, intereses, obligaciones de pago o cualesquiera otras consecuencias derivadas del mismo. La contratación, modificación, cancelación o extinción de dicha financiación se regirá exclusivamente por lo pactado entre el/la ESTUDIANTE y la entidad financiadora y por la normativa que resulte aplicable.

La UNIVERSIDAD no interviene en la concesión de la financiación externa ni condiciona la contratación de sus servicios educativos a la celebración de un contrato de financiación con una entidad determinada, pudiendo el/la ESTUDIANTE elegir libremente el medio de pago o, en su caso, la entidad con la que decida financiarlo.

5. Impago y suspensión de servicios

El/la ESTUDIANTE deberá abonar las cantidades correspondientes a la matrícula en los importes y fechas establecidos en las condiciones económicas particulares del contrato de matrícula.

En caso de impago total o parcial de una cantidad vencida, la UNIVERSIDAD requerirá al/a la ESTUDIANTE para su regularización, concediéndole un plazo razonable para efectuar el pago. Transcurrido dicho plazo sin que se haya subsanado el incumplimiento, la UNIVERSIDAD podrá suspender temporalmente el acceso a los servicios académicos y administrativos vinculados a la matrícula, previa comunicación al/a la ESTUDIANTE, hasta que se regularice la situación.

Si el impago persiste, la UNIVERSIDAD podrá resolver la relación contractual y anular la matrícula, pudiendo exigir las cantidades vencidas y no satisfechas que correspondan a servicios prestados, periodos académicos ya iniciados y demás costes específicos, razonables e individualizables en los que hubiera incurrido como consecuencia de la matrícula.

En caso de resolución por impago, la UNIVERSIDAD practicará la correspondiente liquidación económica. A estos efectos, podrá exigir las cantidades vencidas y no satisfechas correspondientes a servicios efectivamente prestados, periodos académicos ya iniciados y costes específicos e individualizables efectivamente incurridos como consecuencia de la matrícula. Las cantidades que, en su caso, hubieran sido abonadas anticipadamente se aplicarán a dicha liquidación. Únicamente procederá devolución cuando, una vez efectuada la liquidación, resultase un saldo a favor del ESTUDIANTE correspondiente a servicios o periodos académicos futuros no prestados

6. Derecho de desistimiento en contrataciones a distancia

Cuando el/la ESTUDIANTE tenga la condición de consumidor o usuario y resulte aplicable la normativa española o de la Unión Europea sobre contratación a distancia, podrá desistir de la matrícula sin necesidad de justificar su decisión dentro de los catorce (14) días naturales siguientes a la celebración del contrato, sin penalización, salvo los costes legalmente exigibles por servicios iniciados a petición expresa del/la ESTUDIANTE durante dicho periodo.

El desistimiento podrá comunicarse mediante cualquier declaración inequívoca dirigida a la UNIVERSIDAD a través del correo electrónico atención.alumno@mundaeuniversidad.com, pudiendo emplear a tales fines el siguiente modelo de formulario de desistimiento: “A la atención de la Universidad Internacional Mundae: Por la presente comunico que desisto del contrato de matrícula formalizado en fecha__________. Nombre del Estudiante. Domicilio del Estudiante. Firma y Fecha”.

La UNIVERSIDAD, una vez recibida la comunicación de desistimiento y comprobado que su ejercicio se ha efectuado conforme a los requisitos y dentro del plazo legalmente establecido (14 días naturales desde la formalización del contrato), procederá a tramitar la baja correspondiente y, en su caso, al reembolso de las cantidades que procedan. El reembolso se efectuará sin demora indebida y, en todo caso, dentro del plazo máximo de catorce (14) días naturales desde la fecha en que la Universidad haya sido informada de la decisión de desistimiento, de conformidad con la normativa aplicable en materia de consumidores y usuarios.

7. Cancelación voluntaria, baja y liquidación económica

Una vez transcurrido el plazo legal de desistimiento, el/la ESTUDIANTE podrá solicitar en cualquier momento la cancelación voluntaria o baja definitiva de su matrícula por escrito dirigido a la UNIVERSIDAD a través del correo electrónico atención.alumno@mundaeuniversidad.com. La solicitud de la cancelación dará lugar a una liquidación económica que se efectuará atendiendo a los servicios efectivamente prestados, a los periodos académicos ya iniciados y a los costes individualizables y efectivamente incurridos por la UNIVERSIDAD que hubieran sido informados previamente al/la ESTUDIANTE.

Cuando el precio de un programa plurianual se hubiera abonado en un único pago, una vez transcurrido el plazo legal de desistimiento, la baja o renuncia voluntaria del ESTUDIANTE no dará derecho a la devolución, total ni parcial, de las cantidades correspondiente al primer curso académico en el que hubiera formalizado su matrícula. la UNIVERSIDAD podrá devolver las cantidades imputables a cursos o períodos académicos futuros que no hayan comenzado.

Si la cancelación obedece a un incumplimiento imputable a la UNIVERSIDAD, a la decisión institucional de no impartir el programa o a la imposibilidad de continuar prestándolo en los términos esenciales contratados, se reintegrarán las cantidades correspondientes a los servicios no prestados, sin perjuicio de los demás derechos que pudieran corresponder al/la ESTUDIANTE conforme a la normativa aplicable.

En los supuestos de expulsión disciplinaria o resolución por incumplimiento del ESTUDIANTE se practicará igualmente una liquidación proporcional de los servicios prestados y cantidades anticipadas, sin perjuicio de las responsabilidades adicionales que, en su caso, resulten legalmente exigibles y estén debidamente acreditadas.

8. Modificaciones académicas, fuerza mayor y continuidad del servicio

La UNIVERSIDAD podrá introducir modificaciones organizativas, tecnológicas o metodológicas justificadas que no alteren sustancialmente la naturaleza del programa, sus resultados de aprendizaje, su oficialidad ni las condiciones esenciales de la contratación. Las modificaciones sustanciales se comunicarán con antelación razonable y no podrán imponerse de forma unilateral cuando perjudiquen de manera relevante los derechos económicos o académicos del ESTUDIANTE.

Cuando por fuerza mayor o circunstancias sobrevenidas resulte necesario modificar temporalmente la forma de prestación, la UNIVERSIDAD adoptará medidas razonables para asegurar la continuidad y calidad académica. Si la modificación impidiera de forma sustancial recibir la prestación contratada, se aplicarán las medidas de reprogramación o resolución que legalmente correspondan.

9. Protección de datos personales

Los datos personales del ESTUDIANTE serán tratados de conformidad con la normativa de protección de datos que resulte aplicable y con la Política de Privacidad vigente de la Universidad Internacional Mundae, disponible en www.mundaeuniversidad.com/politica-de-privacidad/.

Los tratamientos necesarios para gestionar la admisión, matrícula, facturación, cobros, docencia, evaluación, expediente académico, prácticas, expedición de títulos y certificados, seguridad y cumplimiento de obligaciones legales se fundamentarán en la ejecución de la relación contractual, el cumplimiento de obligaciones legales y, cuando proceda, el interés legítimo. No se condicionará la matrícula a la prestación de consentimientos que no sean necesarios para la ejecución del servicio educativo.

Las comunicaciones comerciales, la utilización promocional de la imagen o voz del/la ESTUDIANTE y cualesquiera otros tratamientos que requieran consentimiento se someterán a una autorización separada, específica, libre y revocable. La negativa o retirada del consentimiento para estas finalidades no afectará a la continuidad de los servicios educativos contratados cuando dicho tratamiento no sea necesario para su prestación.

El/la ESTUDIANTE podrá ejercer sus derechos a través del canal de protección de datos indicado en la Política de Privacidad. Las transferencias internacionales y comunicaciones de datos a entidades colaboradoras se realizarán con la base jurídica y garantías exigibles en cada caso.

10. Propiedad intelectual, imagen y materiales docentes

Los materiales docentes, marcas, diseños, plataformas y contenidos titularidad de la UNIVERSIDAD o de terceros estarán protegidos por la normativa aplicable y se facilitan al/la ESTUDIANTE para uso académico personal. Queda prohibida su reproducción, distribución o comunicación pública fuera de los usos legalmente permitidos o expresamente autorizados.

La utilización por la UNIVERSIDAD de trabajos del/la ESTUDIANTE con fines de difusión, promoción o publicación distintos de la evaluación y gestión académica requerirá, cuando legalmente proceda, una autorización específica o una licencia separada que respete la autoría y los derechos del ESTUDIANTE.

11. Normativa académica aplicable

La condición de estudiante y la organización académica se regirán por la legislación universitaria costarricense, las disposiciones del CONESUP y la normativa interna de la Universidad Internacional Mundae vigente y publicada por los canales institucionales, en cuanto resulte aplicable al programa cursado.

12. Ley aplicable y jurisdicción

La organización académica, la validez oficial de los estudios y la relación universitaria se regirán por la normativa de Costa Rica y por la normativa institucional aplicable a la Universidad Internacional Mundae.

En las relaciones contractuales con consumidores residentes en España o en otro Estado de la Unión Europea, la elección de la normativa costarricense no supondrá la pérdida de la protección que otorguen las disposiciones imperativas de la ley del país de residencia habitual del consumidor cuando, conforme a las normas de Derecho internacional privado aplicables, la UNIVERSIDAD dirija allí sus actividades. Del mismo modo, la competencia judicial se determinará conforme a las normas imperativas de protección del consumidor que resulten aplicables, sin imponer al/la ESTUDIANTE una sumisión que prive de los foros legalmente reconocidos a su favor.

13. Nulidad parcial y modificación de las condiciones

La nulidad o ineficacia de una estipulación no afectará a la validez del resto del contrato.

Las modificaciones de estas Condiciones no tendrán efectos retroactivos sobre contratos ya celebrados salvo que sean más favorables para el/la ESTUDIANTE o resulten exigidas por una norma imperativa. Las modificaciones que afecten a condiciones esenciales de un contrato vigente deberán ser comunicadas y, cuando proceda, aceptadas conforme a Derecho.